Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTRE CON LUGAR la demanda que por con motivo de DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, intentara la ciudadana GEIDY BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.119.434 contra la entidad de trabajo BANCO BICENTENARIO, BANCO UNIVERSAL C.A, precisándose que efectivamente se generaron diferencias a favor de la accionante pero que opero una compensación, siendo que esta recibió anticipo de prestaciones sociales, las cuales fueron demostradas por la parte demandada.
Dada la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.
Déjese copia certificada por Secretaria del presente fallo de conformidad con lo establecido en el ar.....