PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la Recusación interpuesta por la ciudadana YULEIBI CAROLINA GIL GARCIA, en su condición de víctima, debidamente asistida por los abogados CARINA YELITZA GIMON UZCATEGUI y YILLY ARANA, en contra del abogado ISRAEL ALEJANDRO DAVID LOPEZ, en su condición de Juez del Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR, la recusación fundamentada en el artículo 89 numerales 6° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, planteada por la ciudadana YULEIBI CAROLINA GIL GARCIA, en su condición de víctima, debidamente asistida por los abogados CARINA YELITZA GIMON UZCATEGUI y YILLY ARANA, en contra del abogado ISRAEL ALEJANDRO DAVID LOPEZ, en su condición de Juez del Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia en Fun.....