RESOLUCIÓN N° PJ007-2014-000117. Se declara CON LUGAR la solicitud de examen y revisión de medida, solicitada por la Defensora Pública abogada Elvia Aguilera a favor del acusado YORCKYS JESÚS NOGUERA RUIZ, titular de la cédula de identidad Nº V-20.052.632 y por cuanto a la presente fecha, no han variado las circunstancias que motivaron la medida privativa judicial preventiva de libertad, se NIEGA la sustitución de la medida de coerción personal, al ser esta necesaria para garantizar las resultas del juicio, en consecuencia se acuerda mantener vigente la medida de coerción personal dictada por el Tribunal de Control; todo de conformidad con lo pautado en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.