En razón de las anteriores consideraciones, motivaciones y argumentaciones, este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: IMPROCEDENTE LA REVOCATORIA, solicitada por la abogada MATILDE PAIVA MOTTA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 16.149, actuando en su carácter de apoderada judicial de Sociedad Mercantil INVERSIONES HYAT, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 08 de Mayo de 2003, bajo el Nro. 70, tomo 13-A, representado por el ciudadano JONNY BEYROUTI BASSAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.179.001, en su carácter de Presidente.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE LA INDEXACIÓN JUDICIAL, solicitada por la abogada MATILDE PAIVA MOTTA, inscrita en el Instituto de Pre.....