Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano abogado ROLANDO RODRÍGUEZ, en su carácter de defensor público del ciudadano YORMAN ANDRÉS GONZÁLEZ MEDINA, contra la decisión dictada en fecha 15 de febrero de 2012, por el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, mediante la cual entre otros pronunciamientos, decretó medida privativa de libertad al ciudadano YORMAN ANDRÉS GONZÁLEZ MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.290.518, de conformidad con el artículo 250 numerales 1, 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de ROBO IMPROPIO, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal. SEGUNDO: SE CONFIRMA la medida privativa preventiva de libertad decretada al ciudadano YORMAN ANDRÉS GONZÁLEZ MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.290.518.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y remítase el presente cuaderno en su .....