este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, deja constancia que la ciudadana Jueza que preside este Despacho, se encontró de reposo médico desde el 07 de agosto de 2012 hasta el 14 de agosto de 2012, ambas fechas inclusive, a cuyos efectos se ordena agregar en un folio útil, copia simple del mismo. Asimismo, se deja constancia que la ciudadana Jueza desde el 17 de septiembre de 2012 hasta el 19 de septiembre de 2012, ambas fechas inclusive, disfrutó días correspondientes a sus vacaciones anuales. En este sentido, este Tribunal le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, salvo lo señalado al folio 27 y su vuelto, específicamente lo establecido en las cláusulas 5ta, 8va y 23ra, del físico del expediente que textualmente indica:
"QUINTA: Ahora bien, el Demandante reconoce expresamente que desde el día 01 de febrero de 2002 h.....