PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del Recurso de Apelación de Autos, interpuesto por el abogado FRANCISCO JAVIER SULBARÁN, en su condición de MANDATARIO JUDICIAL de la ciudadana MARIA ANGELA GUERRIERI DÍAZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO: Se declara TEMPESTIVO el recurso de apelación interpuesto por el abogado FRANCISCO JAVIER SULBARÁN, en su condición de MANDATARIO JUDICIAL de la ciudadana MARIA ANGELA GUERRIERI DÍAZ, en contra de la decisión publicada por el TRIBUNAL NOVENO (09°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, en fecha ocho (08) del mes de agosto del año dos mil veinticinco (2025), en la causa Nº 9J-187-2025 (Nomenclatura de ese Despacho).
TERCERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado FRANCISCO JAVIER SULBARÁN, en su condición de MANDATARIO JUDICIAL de la ciudadana MARIA A.....