CON LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 3º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: se SUSPENDE el presente juicio con motivo de Desalojo de Local Comercial, incoado por los ciudadanos JOAO DA CONCEICAO RODRIGUEZ ROSA Y MARIA ELENA MAZA DE RODRIGUEZ, contra la Sociedad Mercantil "ESTACIONAMIENTOS GRUAS CENTRALES 2011, C.A., todos plenamente identificados en el encabezado del presente fallo, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 354 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por la parte demandada y referida al ordinal 6° del artículo 346, concatenado con el ordinal 5, del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil