DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ORDENA, a la sociedad mercantil INVERSIONES 210 C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 06 de febrero de 2004, bajo el N° 27, Tomo 6-A, con posterior modificación, inscrita en fecha 24 de abril de 2009, bajo el N° 09, Tomo 26-A, en la persona de su Director, ciudadano YORCH AZARAK CANELÓN, supra identificado, cumplir con los requisitos antes señalados dentro del plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su notificación de la presente decisión. Igualmente se le advierte que de no acatar esta orden la presente acción de amparo será declarada inadmisible conforme al artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
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