este Juzgado (Primero en Función de Control). Sección Penal Responsabilidad del Adolescente. Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: La LIBERTAD PLENA de los adolescentes XXXXXXXXXXXXXXXXX, toda vez que los hechos imputados por la Representante del Ministerio Publico no constituyen el delito de Lesiones Personales, menos aún en grado de frustración, por cuanto para que se pueda tipificar este delito debe ser ejecutado y es un Medico Forense el que determina que tipo de lesiones presenta la victima, y en el caso que nos ocupa la victima no presentó ningún tipo de lesión, solo se refiere a intento de agresión y no especifica que tipo de agresión. SEGUNDO: Se acuerda la libertad de los adolescentes presentados desde la sede de este Tribunal. TERCERO Se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía 17° del Ministerio Publico a los fines de que continúe.....