Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA DEMANDA QUE POR DIVORCIO fue intentada por el ciudadano RAFAEL BENITO CHIQUITO VALLES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-5.068.646 contra su cónyuge ciudadana PETRA MATILDE RUIZ MEDINA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-4.569.662, fundamentada en las causales segunda (2°) y tercera (3°) del artículo 185 el Código Civil y DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL contraído en fecha "07 de agosto de 1.985", por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Páez, Distrito Girardot (actualmente Municipio Autónomo Girardot) del Estado Aragua, bajo el N° 462, Tomo 3.
En lo que respecta a la comunidad de bienes gananciales, se o.....