Por las razones, motivos y argumentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LEVANTAR LA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por este Juzgado en fecha 14 de Julio de 2.003, relacionado con el juicio por COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA), incoado por el ciudadano CARMELO NINO PISCITELLI DI NICOLA, dirigiendo su pretensión en contra de la ASOCIACION CIVIL PRO VIVIENDA "VILLAS EL ANGEL", recaida sobre el terreno que se describe a continuación:
• Una parcela de terreno signada con el N° 18 que forma parte de un lote de terreno de mayor extensión que conforma la Urbanizacion Villas El Angel, ubicado en la Calle Leonardo Ruiz Pineda del Asentamiento Campesino La Morita II, jurisdicción del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, cuyas medidas y li.....