DISPOSITIVA.
Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos MÓNICA CASTELLANOS MARULANDA Y EDGARD ENRIQUE PALMA MONTENEGRO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges e identificados con las cédulas de identidad Nros. V-9.699.598 V-9.440.885, respectivamente; En consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 08 de octubre de 1990, bajo el Nº 456, folio 119, Tomo C, Año 1990, de los libros de matrimonios llevados por dicho Registro.-.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia en el archivo del Tribunal.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Eje.....