III
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: LA CONFESIÓN FICTA, de la parte demandada en la presente causa, y en consecuencia PROCEDENTE la demanda que por Desalojo de Vivienda, incoara el ciudadano JOSE FELIX JIMENEZ DIAZ, identificado con la cédula de identidad Nº V-24.343.425, contra el ciudadano ROLMAN ROGER NIEVES LEAL, identificado con la cédula de identidad N° V-9.666.240. En consecuencia, este Tribunal ordena a la parte demandada a desalojar el inmueble arrendado constituido por una casa ubicada en: El Barrio La Coromoto, Calle Guacara, Casa N° 09, Jurisdicción del Municipio Autónomo Girardot del estado Aragua, sobre terreno municipal, cuyos linderos son los siguientes: Norte: Con la casa que es o fue de Celso Celestino Gómez; e.....