III
DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho anteriormente mencionadas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: INCOMPETENTE en razón de la cuantía para sustanciar, conocer y resolver sobre las pretensiones contenidas en la demanda incoada por la ciudadana MAGDALENO ESCALONA MAYERLING ALEXANDRA, en su carácter de Presidenta de la Compañía BIO PHARMA, C.A, debidamente inscrita en el Registro de Información Fiscal N° J40994199-0, por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción judicial del Estado Aragua en fecha 13 de junio del año 2017, bajo el Nº12, tomo 89-A, Expediente N° 283-39630, asistida por la abogada CARMEN GARAICOA, titular de la cédula de identidad Nº V-9.645.493, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 94.102, en contra .....