Por las razones que han sido expuestas, esta Sala Diez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: UNICO: declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano FRANCISCO RUIZ MAJANO, Defensor Público Nonagésimo Sexto (96º) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensor del ciudadano: JUNIOR PACHECO PEREZ, en contra de la decisión dictada el 30 de enero de 2014, por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual, decretó Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 236 ordinales 1, 2 y 3, en relación con el artículo 237 ordinal 1, 2 y parágrafo primero y el artículo 238 ordinal 2 todos del Código Orgánico Procesal Pena.....