Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte accionante en nulidad, en contra la decisión de fecha 13 de febrero de 2017, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión. SEGUNDO: IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión de los efectos formulada por la sociedad mercantil PROAGRO, C.A., contra el acto administrativo contenido de la Providencia Administrativa N° 162-2016 dictada en fecha 22 de junio de 2016, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS RIBAS, SANTOS MICHELENA, REVENGA, TOVAR Y BOLÍVAR DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN LA VICTORIA, mediante la cual declar.....