En este estado el Ciudadano Juez, una vez constatada la presencia de las partes, da inicio a la audiencia, y ante la presencia de la representación judicial de cada una de las partes las insta a la celebración de un ACTO CONCILIATORIO, a cuyo llamado accedieron, por lo que solicitaron al ciudadano Juez un tiempo prudencial a fin de comunicarse vía telefónica con sus respectivos mandatarios.- Una vez de vuelta a la Sala, la representación judicial de la parte demandada, señaló lo siguiente: Informo al Ciudadano Juez, que una vez comunicada vía telefónica con mi mandante, ésta me indica que propone cancelar a la parte actora la cantidad de SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA (USD $ 6.000,00), que al cambio a la tasa actual publicada por el Banco Central de Venezuela para el día de hoy, es la cantidad de Bs. 36,36, por lo que equivalen a la cantidad de DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL CIENTO SESENTA BOLIVARES (Bs. 218.160,00), en tres partes, siendo la primera de ellas el día .....