este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se SUSPENDE Y LEVANTA LA MEDIDA de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el siguiente inmueble: un apartamento destinado a vivienda identificado con la sigla C 6-1, ubicado en la sexta planta, que forma parte de la Torre C, Edificio Torremolinos, del Conjunto Residencial Costa del Sol, ubicado en el Cruce de las Calles Bermúdez y Negro Primero, número catastral 04-02-01-02-01-03-03-184, en Jurisdicción de la Parroquia Turmero Municipio Mariño del Estado Aragua: El apartamento tiene un área de Ochenta y siete metros cuadrados con trece decímetros cuadrados (87,13 mts2) y está comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: con fachada norte del edificio; SUR: con el núcleo central de edificio; ESTE: con el apartamento.....