´En atención a todos y cada uno de las motivaciones expuestas; esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE para conocer del Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho ABG. MARIA ROJAS, en su carácter de defensor público de los ciudadanos YANETH DEL CARMEN SOJO BASTIDAS, ARQUIMEDES RAFAEL DIAZ VELASQUEZ, y GIOVANNY ALEXANDER CARVALLO SOJO, planteado contra la decisión dictada y publicada en fecha ocho (08) de mayo del año dos mil veinticinco (2025), por el Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia en Funciones de Control estadal de este Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en el asunto N° 5C-21.264-2025, de conformidad con lo establecido en los artículos 432, 440 y 441 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Ap.....