Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional Administrando Justicia En Nombre De La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley; ACUERDA NEGAR LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, a la penada ANYELI PATRICIA MEZA RONDON, quien es Venezolana, natural de Maturín, Estado Monagas, fecha de nacimiento 07/05/1989, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.420.662, hija de Celestina Rondón (v) y Cruz Miguel Meza (v), de estado civil soltera, de profesión u oficio Del Hogar, dirección de habitación: Sector Dos, Sabana Grande, Calle 02, casa s/n, cerca de la Panadería El Nazaret, Maturín, Estado Monagas; toda vez que el mismo actualmente no cumple con los requisitos acumulativos que establece el artículo 493 de nuestra Ley Adjetiva Penal, para tal otorgamiento.