En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Que es competente para conocer de la presente solicitud de Amparo Constitucional, interpuesto por el ciudadano Carlos Rafael Salazar, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.190.284, actuando en su carácter de Presidente de la Fundación Comunitaria Fundani, debidamente asistido por el abogado: Héctor Castellanos, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 54.939, , contra la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL).
Segundo: Admite la Acción de Amparo Constitucional propuesta, por cumplir con los requisitos formales exigidos en el Artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en consecuencia se .....