Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto la ciudadana MARITZA ANTONIETA NARVAEZ AGUILERA, ya identificada, contra la decisión de fecha 05 de agosto de 2015, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión en los términos antes expuestos. SEGUNDO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la ciudadano MARITZA ANTONIETA NARVAEZ AGUILERA, ya identificado, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 00609-13 de fecha 12 de septiembre de 2013, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS ATANA.....