DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO formulada por el ciudadano WUILLIANS HENESSY ORELLANA AMADOR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-17.703.387, contra la ciudadana GENESIS PAOLA ALVARADO MARIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-25.827.108. En consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua, en fecha 07 de octubre de 2013, según consta de ACTA Nº 184, TOMO V, AÑO 2013.
Publíquese, Regístrese, Notifíquese y déjese copia cer.....