El Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Único y Universal Heredero, y en consecuencia, declara conforme a los autos a la ciudadana: MARIA TERESA ALVIZO LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.741.101; como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERA del de-cujus VICTOR RAFAEL BLANCO, quien era Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.852.598 y quien falleció ab-intestato, el día 13 de Noviembre de 2014, según consta en la Certificación del acta de Defunción N° 4812, Tomo Nº 20, Folio 062, emanada del Registro Civil del Municipio José Ángel Lamas Estado Aragua. Y así se decide. Expídanse todas las copias certificadas necesarias de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
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