En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO O ABANDONO en el juicio que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES tiene intentado la ciudadana ALICIA DAVILA DE VELASCO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-3.039.558, abogado en ejercicio inscrita en el inpreabogado bajo el N° 6.742, contra la ciudadana NILDA DEL VALLE CHACON SANOJA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.175.646 .