Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora en contra de la decisión dictada en fecha 18 de Diciembre de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, con sede en Maracay. SEGUNDO: SE MODIFICA la anterior decisión en los términos antes expuestos y en consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana PAULINA DEL CARMEN TOVAR MORILLO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.849.352 y se condena a las demandadas las Sociedades Mercantiles LABORATORIOS DE SANIDAD VETERINARIA, ALDOR, C.A, AGRPECUARIA BIO-VET, C.A y LABORATOIOS ALDOR, C.A., a cancelar a la actora la cantidad de NOVENTA Y SIETE MIL NOVE.....