, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1) Concluida la audiencia preliminar y ; 2) se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 133 de la Ley procesal antes citada, dándole efecto de cosa juzgada y se ordene el cierre y archivo del expediente. Se agrega a las actas una (01) copia de cada cheque recibido por el actor y se acuerdan las copias certificadas solicitadas. Finalmente se dio lectura integra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido.