DISPOSITIVA:
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA QUE POR RESOLUCIÓN DE CONTRATO, intentaron los ciudadanos JAIMES DE PARRA DOLORES, JAIMES JOSE ANTONIO y JAIMES MARY CONSUELO, actuando con el carácter de únicos y universales herederos de la ciudadana JAIMES ABREO ANGELINA, contra el ciudadano HOEL ANTONIO FARFAN, identificados en la narrativa de ésta sentencia. En consecuencia, se Declara Resuelto el Contrato de Arrendamiento suscrito entre las partes, en fecha 23 de Marzo de 2.001, sobre un inmueble constituido por un Local Comercial, ubicado en la Primera Calle Andrés Bello, N° 111-09-12 de Cagua, Municipio Sucre del Estado Aragua, con un área de Ciento Cincuenta y ocho Metros Cuadrados con Cincuenta y Cuatro Centímetros Cuadrados.....