DECISION
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos: ALFONZO MORALES y YAMILETTE EVAEN FUENTES LOZADA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.730.062 y V-15.864.464, respectivamente.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha Diecisiete (17) de Junio de 1997, contrajeron Matrimonio Civil, ante la Prefectura Joaquín Crespo del Municipio Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en la República Bolivariana de Venezuela, quedando inserta bajo el N° 351, tomo II, año 1997.
Liquídese la comunid.....