Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en obediencia de la ley, al derecho y la justicia, como lo demanda la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en los artículos 26, 253, 257, de la tutela judicial efectiva, la prevalencia del debido proceso, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: Primero: Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA en el asunto penal N° 8J-0225-22, seguido a el ciudadano YORDAN JOSE HERNANDEZ APONTE titular de la cedula de identidad V-14.991.142, de nacionalidad Venezolano, de estado civil Soltero, de 41 años de edad, fecha de nacimiento 19-04-1982, profesión u oficio: Fotógrafo Grafico, residenciado en: El mácaro, Sector Saman Tarazonero I, Calle 05, Casa N° 42 estado Aragua, por el delito de LESIONES CUL.....