este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Cagua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE en razón de la materia y del órgano del cual emana, para conocer y decidir la presente solicitud de amparo constitucional sobrevenido ejercida por la ciudadana ANTONIETA UZCATEGUI MONTILLA, titular de la Cédula de Identidad Número V-11.180.349 en su carácter de Gerente General y representante la sociedad mercantil "UNIDAD EDUCATIVA PRIVADA TERESA CARREÑO C.A.", asistida por el abogado JUAN HUMBERTO TOVAR GALIANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 124.367 y, declina la competencia al Tribunal Estadal Contencioso administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede la Ciudad de Maracay por lo que se ordena desglosar el escrito de solicitud de amparo y sus anexos, previa su certificación en autos y rem.....