Declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por el abogado HENRY PAÚL CABALLERO RODRÍGUEZ, defensor de los ciudadanos ALEXIS LUGO HERNÁNDEZ, RAFAEL ALBERTO BLANCO y JUAN MANUEL HERNÁNDEZ NÚÑEZ, contra la actuación del Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua.