este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le DISCIERNE el cargo de TUTOR a la ciudadana: CARMEN NICOLASA VELIZ DE GRATEROL identificada anteriormente, con todas las consecuencias legales y para que pueda entrar en el ejercicio de la tutela de la adolescente: VICTORIA ANDREINA RIVERO GRATEROL y la niña VALERIA ANDREINA RIVERO GRATEROL. de conformidad con lo establecido en el artículo 312 del Código Civil. Como PROTUTOR a FERNANDO ANTONIO GRATEROL ORELLANA arriba identificado, SUPLENTE DEL PROTUTOR a la ciudadana: MARITZA SOLEDAD ALVAREZ VELIZ, e integrantes del Consejo de Tutela a los ciudadanos: ZURMAN SOBEIDA GRATEROL VELIZ, JAIME ALBERTO ALVAREZ VELIZ, FERNANDO ANTONIO GRATEROL VELIZ y XIOMARA JOSEFINA ROSALES, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V- 10.458.775, V-7.232.849, V- 8.738.516 y V- 9.199.638, respectivamente. Expídase por secretaria, c.....