Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada por la abogada DORIS MARÍA MARCANO GUZMÁN, Juez Superior Integrante - Presidente de esta Corte de Apelaciones, para conocer la causa signada con el Nº NP01-O-2010-000040, correspondiente a la Acción de Amparo Constitucional incoada por la Abg. María Ysabel Rocca, Defensora Pública Cuarta Penal del Estado Monagas, en su carácter de defensora del ciudadano Lenín Bautista Figueroa.
SEGUNDO: Se ORDENA solicitar de la Presidencia de este Circuito Judicial Penal la designación de un Juez Suplente Accidental que ha de integrar la Sala Especial de la Corte de Apelaciones, en sustitución de la Abogada DORIS MARÍA MARCANO GUZMÁN, para conocer el asunto en referencia. Agréguese copia certificada de la presente decisión .....