DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: CON LUGAR la presente Solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos ANDRES ELOY RAMIREZ HERNANDEZ y FLORAIMA CARMONA, antes idenficados y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL, existente entre ellos desde el día 10 de Mayo de Mil Novecientos Ochenta y Nueve (1989), según consta de la copia certificada de Acta de Matrimonio, anotada bajo el Nº 112, del año 1989, asentada en el Libro de Registro Civil de Matrimonio llevada por ante la Dirección de Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Aragua.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Villa de Cura, a .....