Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la demanda de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor de su hijo **************, representada por su madre, la ciudadana ELIMEL FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº: 12.480.003, domiciliada en la Urb. La Mora, Calle 32, Casa N°: 8, La Victoria, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, contra el ciudadano LENIN JOSÉ MANZANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº: 11.723.225, domiciliado en Ciudad Bolívar, Urb. Los Coquitos , Sector 3, Calle 3, Casa N°: 3, del Estado Bolívar, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del código de procedimiento civil, en su primer aparte.