Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO: SE DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación con efecto suspensivo, interpuesto por el abogado CESAR SALAS, en su condición de Fiscal del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, y en su lugar se decreta medida de privación judicial de libertad, a los ciudadanos MAIKEL MIGUEL ZERPA LAGUNA Y JESUS EDUARDO SANTANDER BRITO, suficientemente identificado en autos, por la presunta comisión de los delitos HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1 y HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION previsto en el artículo 405 en concordancia con el artículo 80 todos del Código Penal, en concordancia con lo previsto en el articulo 250, ordinales 1º, 2º y 3º, ordinales 2 y 3, parágraf.....