Este Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano: JOSE GREGORIO TAMAYO, quien es de nacionalidad Venezolana; Titular de la Cedula de Identidad: V- 11.179.623; natural de Caracas, Distrito Capital, de 42 años de edad, estado civil soltero, fecha de nacimiento: 14-05-73, de profesión u oficio obrero, residenciado en: el sector 05, urbanización Las Mercedes, vereda 11, La Victoria, estado Aragua a cumplir la DIEZ (10) Años, de Prisión, por la comisión de los delito: VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA; de previsto y sancionado en el articulo 43,de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de La Mujer a una Vida Libre de Violencia. Así mismo, se notifica que el prenombrado ciudadano, se encuentra recluido en el CENTRO PENITENCIARIO DE ARAGUA, .....