con la finalidad de poner fin a la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoara el ciudadano MARVIN ANTONIO ASCANIO titular de la cedula de identidad Nº 14.182.210, ya identificado contra la "SOCIEDAD DE COMERCIO LUBRASCA, C.A.". Ahora bien la ciudadana jueza una vez vista y revisada la transacción propuesta y oída la manifestación de aceptación por parte del trabajador y presenciada la entrega del cheque girado contra el Banco Occidental de descuento, a nombre del trabajador antes mencionado y vista la aceptación por parte del actor y dado que la misma no es contraria a derecho ni vulnera derecho laborales este tribunal le IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN, de conformidad con los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 3 de la Ley Orgánica del Trabajo 11 del Reglamento de la misma y en consecuencia declara el carácter de cosa juzgada por lo que se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Es T.....