-III-
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Retasador administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley establece la suma de DOSCIENTOS VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 220.000,00), que es en definitiva la cantidad que los ciudadano JORGE RACHID, MARIA EUGENIA, IYENI JOSEFINA, BEATRIZ COROMOTO YEBAILE GARGANO y MARIA TERESA GARGANO DE YEBAILE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad No. V-11.303.926, V-11.309.927, V-12.422.723, V-16-379.809 y V-2.979.786, respectivamente, deberán pagar por concepto de honorarios profesionales a los abogados SILVIA DICKSON URDANETA, TONNY LINAREZ PERAZA y JORGE DICKSON URDANETA, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Caracas, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 7.407.670, 5.244.093 y 11.785.498, respectivamente; e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 47.391, 43.803 y 64.595, en el mismo orden, con ocasión de las actuaciones j.....