En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA la transacción celebrada en el juicio que por Retracto Legal Arrendaticio, sigue el ciudadano AGOSTINHO GONCALVES JARDIN, contra los ciudadanos CELIA EVORA GONZÁLEZ y JULIO DAVID RODRÍGUEZ EVORA. Y en consecuencia, le imparte carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.