V
DISPOSITIVO
Por la motivación que antecede, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana TAHAMARA COROMOTO TORRES HERNANDEZ, venezolana, soltera, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No.6.256.841, en contra del ciudadano: RODOLFO JOSE HERNANDEZ TORO, venezolano, soltero, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 9.411.604. En consecuencia, se declara cierta en los términos expuestos en la parte motiva del presente fallo, la unión estable de hecho, por 07 años aproximados entre la ciudadana y ciudadano TAHAMARA COROMOTO TORRES HERNANDEZ, y RODOLFO JOSE HERNANDEZ TORO, contados a partir del mes de mayo del 2006 hasta el mes de Junio de 2013.
SEGUNDO Por la naturaleza jurídica .....