III. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho anteriormente mencionadas, este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: IMPROPONIBLE el recurso de hecho interpuesto por el ciudadano DÁMASO ANTONIO CABRERA VELÁSQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.819.589 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 71.492, contra auto de fecha 26 de febrero de 2019, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en el expediente 42.450, mediante el cual negó oír la apelación interpuesta por la parte actora contra las actuaciones de fecha 13 y 18 de diciembre de 2018.
SEGUNDO: Remítase copia certificada de .....