"...Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos DORIS MARLENE VEGAS MALDONADO y ARTURO NICOLAS NÚÑEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.727.096 y V-6.246.330, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio PEDRO JUAN MARTÍNEZ DÍAZ inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 80.521. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquía Macarao, Alcaldía de Caracas, Municipio Libertador, Distrito Capital, en fecha 14 de marzo de 1986, anotado bajo el Nº 32, folio Nro. 32, año 1986 del Libro de Matrimonio correspondiente..."