En razón de lo expuesto, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ADMITE conforme al artículo 447 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Nubia Díaz, Defensora Pública Penal Vigésima Novena (29°) del Área Metropolitana de Caracas, actuando en representación del ciudadano David Antonio Briceño, en contra de la decisión proferida en fecha 30 de Marzo de 2011, por el Juzgado Trigésimo Séptimo (37°) de Primera Instancia en función de Control del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual entre otros aspectos procesales decretó Medida Judicial Privativa Preventiva de Libertad al referido ciudadano, conforme a lo establecido en los artículos 250, numerales 1, 2 y 3; 251 ordinal y 251 numerales 2 y 3 todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión .....