En atención a todas y cada una de las argumentaciones que preceden; esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del recurso de apelación de auto interpuesto, por los profesionales del derecho EINER ELIAS BIEL MORALES Y LISBETH JOSEFINA BLANCO DE BIEL, en su condición de apoderados judiciales especiales de las víctimas, ciudadanos GLADYS EPIFANIA CABRERA DE MONTILLA y VALMORE ANTONIO CAMACHO, todo de conformidad con lo establecido en el artículos 432, 440 y 441 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE ADMITE el recurso de apelación presentado en fecha diecinueve (19) enero del dos mil veinticuatro (2024), por los profesionales del derecho EINER ELIAS BIEL MORALES Y LISBETH JOSEFINA BLANCO DE BIEL, en su condición de apoderados judiciales especial.....