El tribunal en vista que la transacción versa sobre derechos litigiosos y discutidos, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables al trabajador ni normas de orden público, HOMOLOGA el acuerdo de las partes, dándole efecto de COSA JUZGADA, y acuerda la suspensión del presente proceso hasta el dia diecisiete (17) de noviembre de 2008, y fija en este acto la audiencia preliminar de prolongación para el dia martes dieciocho (18) de noviembre de 2008, a las dos de la tarde (2:00 p.m.)