Por la motivación antes expuesta este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto en fecha 02 de marzo de 2011 ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de esta sede judicial, por el Abogado José Rafael Córdova Córcega, Inpreabogado Nº 9.338, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Entidad de Trabajo PLUMROSE LATINOAMERICANA, C.A., constituida mediante documento inscrito por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 25-10-1951, bajo el N° 928, Tomo 3-D; contra la Providencia Administrativa Nº 00366-10 de fecha 23 de septiembre de 2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamor.....