Por las razones, motivos y argumentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LEVANTAR LA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por este Juzgado en fecha 31 de marzo de 2017, relacionado con el juicio por DIVORCIO, incoado por la ciudadana KARLA KAROLINA GARCIA GOMEZ, dirigiendo su pretensión en contra del ciudadano JESUS EDUARDO CHACON CONTRETAS, ambos ut supra identificados, recaida sobre un apartamento distinguido con las letras y números P1-3-5, ubicado en el piso 1, del edificio N° 5, que forma parte del sector 2 del Conjunto Residencial "Laguna de Coropo", ubicado en Via Coropo, sector 2, barrio Coropo 1, parroquia Santa Rita S/N, Municipio Francisco Linares Alcantara del estado Aragua, con un área aproximada de CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (58, 00.....